CONDICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1
Aplicabilidad de las presentes condiciones

1. Estos términos y condiciones se aplican a todas las ofertas realizadas por PGE B.V. (h.o.d.n.) PowerGear Europe, en lo sucesivo denominada: PGE, y a todos los acuerdos celebrados por PGE con sus clientes,
en lo sucesivo: la otra parte. Las estipulaciones divergentes sólo obligan a PGE previo acuerdo por escrito de PGE y sólo para el acuerdo al que se refiere el acuerdo.
2. La referencia por la otra parte a sus propias condiciones no es aceptada por PGE y son expresamente rechazadas por PGE.

ARTÍCULO 2
Citas

1. Todas las ofertas son siempre sin compromiso, salvo que contengan un plazo de aceptación. En caso de aceptación de una oferta no vinculante, PGE tendrá derecho a revocar dicha oferta en un plazo de dos días hábiles a partir de la recepción de la aceptación.
2. En caso de que PGE no haya realizado ninguna oferta, un acuerdo sólo se considerará concluido cuando PGE lo confirme por escrito o haya iniciado la ejecución en un plazo de 8 días a partir de la recepción del pedido por parte de PGE.
3. Las imágenes, dibujos, indicación de peso, especificaciones técnicas y otros datos, incluidos en
prospectos, catálogos, circulares, anuncios y listas de precios, notificados por PGE a la otra parte con o después de la oferta o confirmación del pedido, tienen carácter de indicación aproximada.
La información derivada sólo es vinculante si se acuerda expresamente.
4. Todos los derechos sobre ofertas, cálculos, modelos, diseños artísticos y técnicos, descripciones (técnicas y de otro tipo), dibujos, bocetos, diagramas y similares creados por o a través de PGE corresponden a PGE.
5. Las ofertas, imágenes, dibujos, cálculos, esquemas, diseños y otros documentos creados o
publicados por o a través de PGE siguen siendo propiedad inalienable de PGE y no pueden ser puestos a disposición de terceros en ninguna forma para su inspección o ser puestos a disposición sin permiso de PGE.
6. Si la otra parte lo solicita expresamente, el presupuesto podrá ir acompañado de cálculos, dibujos, descripciones, diseños, cálculos, modelos, etc., todo ello en el sentido más amplio. En ese caso, los costes asociados correrán a cargo de la otra parte. El reembolso de los costes mencionados no supone la cesión de los derechos mencionados en el apartado 4 de este artículo.
7. Los documentos mencionados en el apartado 4 de este artículo deberán devolverse completos y
sin daños a la primera solicitud de PGE; si la orden no es proporcionada a PGE por la otra parte, deben ser devueltos a PGE inmediatamente.

ARTÍCULO 3
Precios

1. Los precios ofertados por PGE se basan en precios de fábrica, tipos de cambio de divisas, derechos de importación y gravámenes equivalentes, tarifas de seguros, salarios, fletes, impuestos y otros factores similares aplicables en el momento de la declaración. Si uno o varios de los factores anteriormente mencionados que determinan el precio cambian después de la fecha de la oferta, PGE tiene derecho a modificar el precio acordado en consecuencia.
2. A menos que se indique expresamente lo contrario, los precios indicados son por artículo y sin IVA. Todos los precios son franco almacén y excluyen flete, gastos de manipulación y otros recargos aplicables, a menos que se acuerde expresamente lo contrario.
3. Los costes prescritos por el Gobierno para la responsabilidad del productor en el contexto de una contribución a la gestión de residuos son repercutidos por PGE a la otra parte.

ARTÍCULO 4
Pago

1. Cada acuerdo está sujeto a las condiciones suspensivas de que la información que se obtenga demuestre la solvencia de la otra parte. 2. PGE tiene derecho en todo momento a exigir garantías a la otra parte para el pago puntual y completo de sus pagos y otras obligaciones. Asimismo, PGE tiene derecho en todo momento a entregar únicamente contra pago al contado, pago anticipado o contra reembolso.
2. A menos que se acuerde expresamente lo contrario y sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, la otra parte está obligada a pagar la factura de PGE dentro de los 14 días siguientes a la fecha de la factura de la manera que indique PGE en la moneda en la que se emitió la factura.
3. La negligencia por parte de la otra parte en relación con la compra de bienes y/o no dar a la PGE la oportunidad de realizar el trabajo acordado no afecta a la obligación de pago de la otra parte.
4. Si se realizan entregas parciales, PGE no está obligado a realizar más entregas antes de que las facturas relativas a las entregas parciales anteriores hayan sido pagadas, sin perjuicio de lo dispuesto en los otros apartados de este artículo.
5. Si la otra parte no ha cumplido con sus obligaciones de pago en la fecha de vencimiento, incurrirá en mora sin necesidad de notificación de incumplimiento. En ese caso, la otra parte será responsable de todos los daños sufridos y que deba sufrir PGE.
6. A falta de pago puntual, la otra parte adeudará un interés igual al interés legal, más un 3% sobre la parte impagada del importe principal, sin necesidad de recordatorio o notificación de incumplimiento.
7. Los gastos de cobro, tanto judiciales como extrajudiciales, corren a cargo de la otra parte. Los gastos de cobro extrajudicial se fijan según la tasa de cobro establecida en el baremo de cálculo de las facturas de los abogados.

ARTÍCULO 5
Plazo de entrega

1. Los plazos de entrega acordados nunca podrán ser considerados como fechas límite, salvo pacto expreso en contrario. En caso de retraso en la entrega, la otra parte deberá notificar por escrito a PGE el incumplimiento y PGE deberá disponer de un plazo razonable para seguir cumpliendo con sus obligaciones.
2. PGE está autorizada a entregar la mercancía vendida por partes, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo. Si las mercancías se entregan por partes, PGE está autorizado a facturar cada parte por separado.
3. Si la otra parte sigue en mora de comprar después de un requerimiento, PGE puede decidir la entrega en el momento que determine PGE, o el acuerdo o la parte no ejecutada del acuerdo, sin intervención judicial y sin necesidad de notificación de incumplimiento, declararse disuelto sin perjuicio del derecho de PGE a una indemnización.

ARTÍCULO 6
Incumplimientos no imputables (fuerza mayor)

1. Por fuerza mayor se entenderá cualquier circunstancia ajena a la voluntad de PGE que impida la normal ejecución del contrato. Tales circunstancias que dan lugar a fuerza mayor incluirán en cualquier caso la falta de entrega de los proveedores de PGE por cualquier motivo, huelgas, cierres patronales, interrupción del suministro de energía, interrupciones del tráfico, avería de maquinaria, medidas gubernamentales, así como sus consecuencias, pérdidas o daños durante el transporte, etc.
2. En caso de impedimento de la ejecución del contrato por causa de fuerza mayor por parte de PGE, PGE está autorizada, sin intervención judicial, bien a suspender la ejecución del contrato durante un máximo de seis meses, bien a disolver el contrato total o parcialmente, sin que PGE esté obligada a pagar indemnización alguna. Durante la suspensión, PGE está autorizado y al final de la misma, PGE está obligado a optar por la ejecución o por la disolución total o parcial del acuerdo.

ARTÍCULO 7
Transición de riesgos

1. La otra parte asume el riesgo de las mercancías encargadas por ella desde el momento en que hayan salido del almacén de PGE o -en caso de entrega o suministro desde almacenes de terceros- de estos terceros.
terceros. Además, la carga y descarga de la mercancía se realiza también por cuenta y riesgo de la otra parte.

ARTÍCULO 8
Disolución

1. La disolución total o parcial del acuerdo tendrá lugar mediante declaración escrita de la persona facultada para ello. Antes de que la otra parte envíe una notificación escrita de disolución a PGE, la otra parte, en todo momento, notificará primero por escrito a PGE el incumplimiento y le concederá un plazo razonable para seguir cumpliendo con sus obligaciones o para subsanar las deficiencias, deficiencias que la otra parte deberá informar con precisión, por escrito.
2. 2. La otra parte no tiene derecho a disolver el acuerdo en su totalidad o en parte o a suspender sus obligaciones si ella misma ya está en mora.
obligaciones si ella misma ya se encuentra en mora con el cumplimiento de sus obligaciones.
3. Si PGE acepta la disolución, sin que exista incumplimiento por su parte, siempre tendrá derecho a una compensación por todas las pérdidas financieras, como los costes y el lucro cesante. Esta pérdida financiera se fija en al menos el 30% del precio (IVA excluido) que la otra parte debería haber pagado a PGE durante la ejecución del acuerdo.
4. En caso de disolución parcial, la otra parte no podrá reclamar la anulación de las prestaciones ya realizadas por PGE y PGE tendrá pleno derecho al pago de las prestaciones ya realizadas por ella.

ARTÍCULO 9
Reserva de dominio y derecho de retención

1. PGE se reserva la propiedad de los bienes entregados o a entregar por ella, siempre y cuando los
créditos relativos a los bienes entregados o a entregar por PGE a la otra parte en virtud de un acuerdo o en virtud de dicho acuerdo realizado o a entregar en beneficio de las actividades de la otra parte realizadas, así como los créditos debidos al incumplimiento de dicho acuerdo, no hayan sido pagados a PGE por la otra parte.
2. En caso de que la otra parte no cumpla alguna de las obligaciones derivadas del acuerdo con respecto a los bienes vendidos o a los trabajos a realizar en beneficio de PGE, PGE tendrá derecho a recuperar los bienes, tanto los entregados originalmente como los nuevos, sin que sea necesaria una notificación de incumplimiento. La otra parte autoriza a PGE a entrar en el lugar donde se encuentran estos bienes.
3. 3. Tan pronto como la otra parte haya cumplido con todas sus obligaciones de pago en virtud del presente acuerdo y acuerdos similares, PGE concederá a la otra parte el derecho a recuperar los bienes entregados.
acuerdos, PGE concede a la otra parte la propiedad de los bienes entregados sujetos a la prenda de PGE, en beneficio de otras reclamaciones que PGE tenga contra la otra parte. A la primera solicitud de PGE, la otra parte cooperará con las acciones que se deseen en ese contexto.

ARTÍCULO 10
Reventa y seguimiento

1. En tanto que los bienes entregados no hayan sido pagados en su totalidad, la otra parte no está autorizada a revender, entregar o pignorar los bienes o transferirlos a otra parte bajo cualquier título, ya sea en uso o no. o ponerlo a disposición.
2. La otra parte tampoco está autorizada a colocar los bienes entregados, mientras aún no hayan sido pagados en su totalidad, de forma que pierdan su independencia jurídica.

ARTÍCULO 11
Cláusula penal y control

1. La otra parte que actúe en contra de lo dispuesto en el artículo 10 incurre en una multa a favor de PGE por cada acto que caiga bajo una de las prohibiciones allí establecidas. La multa es igual al doble del importe de la factura, pero al menos 5.000 euros por transacción.
2. PGE está autorizado a encargar a un contable independiente la auditoría de los libros de la otra parte, para poder controlar el cumplimiento de las disposiciones del artículo 10.

ARTÍCULO 12
Garantía

1. PGE no asumirá responsabilidad alguna en relación con los bienes entregados o sus partes, salvo la responsabilidad que PGE asuma en relación con el bien y/o la parte en cuestión por parte del proveedor de dicho bien o parte.
2. PGE garantiza la solidez de los trabajos entregados por ella.
3. La garantía de PGE se extingue si un defecto en el bien o parte del mismo es consecuencia de un uso indebido o imprudente, mantenimiento u otra negligencia por parte de la otra parte o si se han realizado trabajos en el bien o se han realizado cambios en el mismo por cualquier persona ajena a PGE sin su permiso o instrucción.
4. Los gastos de detección y reparación de los defectos no cubiertos por la garantía de PGE en virtud de la presente disposición correrán a cargo de la otra parte según las tarifas aplicables.

ARTÍCULO 13
Indemnización frente a reclamaciones de terceros

1. En caso de que la ejecución de un acuerdo se lleve a cabo utilizando dibujos, datos o consejos suministrados por la otra parte a PGE y si esto viola los derechos de propiedad intelectual (incluidos los derechos de autor, derechos de patentes, derechos de marcas, derechos de diseño y / u otros derechos) de terceros, la otra parte está obligada a indemnizar a PGE contra cualquier reclamación que pueda tener contra PGE como resultado.
2. 2. Si un tercero se opone a la fabricación y/o entrega en base a cualquier supuesto
derecho a que se refiere el artículo 13.1, PGE tendrá derecho por ese motivo a cesar inmediatamente
la fabricación y/o la entrega y a exigir el reembolso de los gastos incurridos, sin perjuicio de cualquier otra reclamación de indemnización de PGE contra la otra parte.

ARTÍCULO 14
Reclamaciones

1. En cuanto la mercancía haya sido recibida por la otra parte, ésta determinará si la mercancía está en orden en todos los aspectos y/o si se ajusta al pedido realizado.
2. 2. Las reclamaciones relativas a la entrega de la mercancía, a la ejecución de los trabajos/reparaciones o al
o el importe de la factura, deberá presentarse por escrito a PGE en un plazo razonable tras la recepción de la mercancía, o la realización de los trabajos/reparaciones, o la recepción de las facturas, respectivamente, indicando con precisión los hechos a los que se refiere la reclamación.
3. Por plazo razonable se entiende el plazo de 14 días tras la recepción de la mercancía o tras la realización de los trabajos/reparaciones o tras la recepción de las facturas.
4. 4. El derecho a reclamar se extinguirá si la otra parte no ha presentado una reclamación en el plazo antes mencionado y/o si la otra parte no ha presentado una reclamación en el plazo antes mencionado.
mencionado anteriormente y/o si la otra parte no ha dado a PGE la oportunidad de reparar los defectos.
5. Las reclamaciones, incluidas las relativas a las obligaciones de garantía, nunca darán derecho a la otra parte a suspender el cumplimiento de sus obligaciones para con PGE.

ARTÍCULO 15
Responsabilidad

1. PGE sólo será responsable de los daños directos sufridos por la otra parte, que sean consecuencia directa y exclusiva de la culpa de PGE, con la salvedad de que sólo serán indemnizables los daños contra los que PGE esté asegurado.
2. 2. PGE no será responsable de ningún daño indirecto (incluidos los daños por estancamiento y/o
daños) debidos a cualquier causa.
3. Si, no obstante la exclusión de responsabilidad contenida en el apartado 2 del presente artículo, PGE
incurre en alguna responsabilidad por daños indirectos, dicha responsabilidad se limitará en cualquier caso a un máximo del importe neto de la factura de las mercancías suministradas o de los trabajos realizados por PGE. Por importe neto de la factura se entenderá exclusivamente el importe neto de la factura de las mercancías suministradas por PGE o de los trabajos realizados por PGE respecto de los cuales PGE es responsable del pago de daños y perjuicios.
4. Si y en la medida en que se haya celebrado un contrato de ejecución continua entre las partes, la responsabilidad de PGE, por cualquier motivo, se limitará en cualquier caso al precio (IVA excluido) estipulado en el contrato correspondiente para los servicios prestados por PGE durante el período de tres meses anterior al incumplimiento de PGE.
5. PGE no será responsable de los daños causados por personas auxiliares, incluso como consecuencia de
su dolo o negligencia grave.

ARTÍCULO 16
Litigios

1. Todos los contratos celebrados con PGE y cualquier contrato posterior para la ejecución de dichos contratos se regirán exclusivamente por la legislación holandesa.
2. Todos los litigios derivados de los contratos mencionados serán resueltos exclusivamente por el
competente de Breda, sin perjuicio de la competencia de cualquier otro tribunal en materia de medidas provisionales, cautelares o ejecutivas - a menos que en el plazo de 1 mes después de que PGE haya invocado esta disposición por escrito, la otra parte opte por la adjudicación por otro tribunal que sea competente por ley.

ARTÍCULO 17
Depósito

Las presentes Condiciones Generales entrarán en vigor a partir del 24.06.21 y han sido depositadas en la Cámara de Comercio y Fábricas de Brabante Septentrional Occidental en Breda. A partir de esa fecha sustituyen a todas las condiciones anteriores. 

PGE B.V. (h.o.d.n.) PowerGear Europe
Rithmeesterpark 21
4838 GZ BREDA
Países Bajos

 

 

POLÍTICA DE DEVOLUCIONES

CONDICIONES DE ENTREGA POLÍTICA DE DEVOLUCIONES PGE BV / POWERGEAR EUROPE:


PGE B.V. / Powergear Europe sólo puede aceptar devoluciones si ha solicitado previamente un documento RMA. Puede solicitar un formulario de devolución por teléfono +31 (0) 76 3031 405 o por correo electrónico info@powergear.eu

En todas las devoluciones cobramos un 10% de gastos de administración / devolución del importe neto a abonar.

Directrices adicionales:

1. Las devoluciones solo se tramitarán si se notifican por teléfono o por escrito en un plazo de 14 días a partir de la fecha de entrega, a menos que un artículo presente un defecto de fábrica* dentro del periodo de garantía.

2. No se admiten devoluciones de artículos específicos del cliente ni de artículos personalizados.

3. Indique siempre el número de factura y el motivo de la devolución con su solicitud.

4. Los gastos de devolución ascienden al 10% del importe neto a abonar.

5. Si el motivo de la devolución se debe demostrablemente a un error de PGE o si se produce un defecto de fábrica* a la llegada o dentro del periodo de garantía del artículo, no se cobrarán gastos de devolución y tampoco se aplicará el artículo 2 de estas directrices.

6. El embalaje debe ser original y no estar dañado. No debe tener pegatinas ni cinta adhesiva.

7. La mercancía debe devolverse sin daños.

8. El formulario RMA cumplimentado debe enviarse junto con la factura de la mercancía con el envío de devolución.

9. Los gastos de envío corren por su cuenta, excepto cuando el motivo de la devolución se deba de forma demostrable a un error de PGE o presente un defecto de fábrica* a su llegada o dentro del periodo de garantía del artículo.

Sin un formulario RMA y la factura de la mercancía, su solicitud de devolución / envío de devolución no puede ser procesada. * Por defecto de fábrica se entiende únicamente un defecto que haya surgido debido a un error de producción, con el uso normal prescrito del artículo. Quedan expresamente excluidos de la garantía los defectos que hayan surgido debido a un uso inadecuado; daños por caídas y golpes; daños por humedad; y si se han realizado modificaciones en el artículo, como resultado de las cuales las especificaciones mecánicas o técnicas se desvíen de las propiedades originales del producto. Puede ponerse en contacto con nosotros a través de la dirección de correo electrónico info@powergear.eu o por teléfono +31 (0) 76 3031 405